Elección de representantes de los trabajadores

Róger Hernán Gutiérrez*

De nuevo la pita vuelve a tensarse en el espacio nacional dentro de la materia laboral, esta vez en la elección de representantes del sector trabajador, que se requieren para conformar la Comisión de Riesgos del Sistema de Ahorro para Pensiones. La primera observación que tenemos es que las empresas vinculadas al negocio de las pensiones, se ufanan en decir que son responsables cuidando del patrimonio de las personas trabajadoras (los fondos de pensión), que son de todos los cotizantes al sistema integrados a la población formal del sector público y privado (788,000).

Sin embargo el análisis no resiste este discurso demagógico, en tanto que fue a partir de la privatización del sistema de pensiones público a uno privado (de capitalización individual) que las cosas institucionales variaron sustancialmente: al ISSS se le redujeron sus vínculos con el sistema previsional y trasladó su administración y fondos al nuevo sistema privado (1996); y siendo la institución privada a quien le es concesionada la nueva lógica del sistema, la realidad se encargó de eliminar a los representantes laborales; y la ley del Sistema de Ahorro para Pensiones SAP, truncó el equilibrio de los intereses, dejando un sesgo en favor de posturas mercantilistas pro empresariales en detrimento del derecho social.

Esta raíz histórica en beneficio del capital, anuló la situación de un derecho humano en pro de la protección social mínima para las personas trabajadoras en la materia de los riesgos de invalidez, vejez y muerte (ivm), con esto lo que dejó en claro es que las administradoras de fondos de pensión, se crearon para apropiarse “legalmente” del sistema desde un punto de vista del uso y rentabilidad de los fondos, prácticamente se convirtió en una entidad financiera y ya no continuó con el carácter social antes de la privatización.
La convención 102 de la OIT, recoge que dentro de una sociedad determinada deberá existir un sistema de protección social mínimo que deberá incorporar los derechos a salud—atención médica, dotación de medicamentos, y subsidios por enfermedad; además de la cobertura por riesgos profesionales (accidentabilidad y enfermedad profesional); la cobertura de maternidad; los riegos de vejez, invalidez y sobrevivencia; así como la compensación económica por problemas familiares y situación de desempleo.

Es precisamente el sistema de la seguridad social del país que se afectó por el interés mercantilista, todos recordamos en el período de Flores como se impulsaron acciones para privatizar el sistema de salud; y así mancomunar el interés rentable en los servicios sanitarios (ISSS) y de pensiones (ISSS-INPEP), dejando afuera de las institucionalidad a los representantes de las personas trabajadoras. Ambas situaciones dentro de lo laboral, es decir que el proceso productivo capitalista los concibe que van en detrimento de la rentabilidad empresarial.

El golpe privatizador, como hoy con el agua y demás recursos hídricos, es claro que tiene toda la intención empresarial de afianzar el negocio, que se vería rentabilizado a partir del control privado y no social, y claro se rompió con la acción de luchar por un conjunto de medidas que la sociedad proporciona a sus integrantes con la finalidad de evitar desequilibrios económicos y sociales que, de no resolverse, significarían la reducción o la pérdida de los ingresos a causa de contingencias como la enfermedad, los accidentes, la maternidad o el desempleo, entre otras.

La reforma previsional de sept2017, generó dinámicas legislativas que manejaran un control financiero antes que un derecho social y de allí la elección de los representantes laborales, la situación legal de tener la atribución el Ministerio de Trabajo y Previsión Social, fue suplida por el interés mercantil y financiero, de la Superintendencia Financiera y; se requiere garantizar una persona técnica profesional desvinculada de los organismos federales y confederales sindicales que los puedan proponer en representación de aquéllas, fácilmente manipulable por el medio financiero al que habrá de someterse, por cuanto las competencias para cumplir con los requisitos establecidos no se tienen, al menos en esta “nueva” situación institucional.

El punto es que los cambios en los parámetros de edad, tiempo de servicio, y cotización está proyectado; y hay presiones de organismos financieros internacionales y de los grupos fácticos de que se modifiquen, una correlación legislativa que no abona en una posición consecuente con los intereses de cotizantes, pensiones con montos bajos que dependen de inversiones más rentables, una baja cobertura que es el problema principal, basados en una economía poco desarrollada, déficit fiscales que impactan las finanzas y que provocan fallas en la solidaridad del Estado; con una alta dispersión social y fuertes presiones para elevar el desempleo, sub empleo y una mayor desprotección social.

*Sindicalista salvadoreño

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