Seguridad jurídica

(Por: Luis Arnoldo Colato Hernández)

Se denomina así al conjunto de garantías desprendidas de la doctrina de la “Certeza Jurídica”, que reside en la institucionalidad.

Supone además las medidas legales e institucionales que aseguren el cumplimiento de la norma derivada de lo previsto por el poder público, por lo que es resultante de la seguridad jurídica que deriva del estado de derecho.

Muy bonito.
En nuestra región la institucionalidad carece de fortaleza, puesto que responde a intereses privados, relegando al soberano, al cual expolia favoreciendo a los primeros, cuyas riquezas se incrementan exponencialmente, mientras la pobreza es un mal endémico extendido cuya resolución jamás se atiende integralmente.

El abismo existente e innegable entre ricos y pobres así lo prueba, puesto que éste, consecuente con la evasión, la elución, y las prebendas y privilegios de clase que asisten a este sector, solo se incrementa año con año, lo que comprueban los informes que por separado el BID, el BM y el FMI, confirman.
Ahora bien, los diferentes proyectos económicos que cada administración implementa tienen como consecuencia los mismos resultados: fracaso, dado que cada episodio se caracteriza por el desmontaje del anterior, en menoscabo de lo emprendido, y con las consecuencias dañinas en términos financieros, tanto para el Estado como para la población.

Otro grave efecto que ésta práctica tiene es el masivo despido por razones partidarias, de los cuadros que suponen el recurso humano que sustentó tales proyectos, lo que ahora mismo, el actual Ejecutivo practica con crudeza, separando arbitrariamente de sus cargos, a alrededor de 3000 empleados públicos, cuyas experiencias técnicas, fojas y trayectorias no fueron consideradas, para simplemente separarlos de sus cargos.

Dejando de lado el aspecto puramente humano del drama que suponen estas acciones, las implicaciones legales de estas debieron ser consideradas seriamente por el Ejecutivo, pues las medidas de protección jurídicas a las que se ampararán, implican restitución en razón de la descarnada violación del derecho violentado por esta arbitraria medida, lo que además deriva en pago de salarios caídos y probables indemnizaciones. Si el cálculo ejecutivo es confiar que el sistema judicial sencillamente se negará a procesar los casos en cuestión, es un error mayúsculo, puesto que los despedidos acudirán a instancias internacionales, como la OIT, o el Tribunal Interamericano de Derechos Humanos, por los fundamentales derechos ciudadanos que se han atentado.

Es decir, si bien la institucionalidad salvadoreña no actúa, las instituciones supranacionales implicadas, si lo hacen, prueba de lo cual solo hay que considerar la cantidad de resoluciones contra el Estado salvadoreño.

¿Las implicaciones?
Casi ninguna, pero tampoco ello salva a los responsables de estas violaciones de derechos fundamentales, puesto que sus gestiones, la experiencia lo demuestra, son simplemente olvidadas y sepultadas sus opciones electivas, por lo que y a pesar de, el aparente respaldo de la población de acuerdo a algunas encuestas, el actual gobierno, debe enmendar ésta equivocada política y realizar el trabajo prometido, del que no vemos ningún resultado concreto, solo palabras. Y las palabras, no salvaran a esta administración del juicio de la historia.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.