Opinión UCA: el poder de la ley o la ley del poder

Que un juez detenga decisiones de las más altas autoridades por considerar que violentan derechos humanos no es nada frecuente en El Salvador, como sí lo es en Estados Unidos. Valgan dos ejemplos. En agosto de este año, un juez federal de Texas declaró nulas las disposiciones para que el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas detuviera a migrantes indocumentados. El Gobierno de Joe Biden obedeció el fallo. En octubre de 2018, otro juez federal bloqueó la orden de Donald Trump de suspender los TPS a los nacionales de cinco países. A regañadientes, pero la orden fue acatada. Este tipo de acciones solo pueden darse en un país donde la ley tiene prioridad sobre la voluntad política. En El Salvador, en cambio, vale más la palabra del poderoso. En este sentido, que la Cámara de Familia de la Sección de Oriente le ordene a la Corte Suprema de Justicia, y por extensión a la Asamblea Legislativa y al presidente de la República, suspender la aplicación de la reforma de ley que jubila a 249 jueces es un paso adelante en la defensa de los derechos humanos, la institucionalidad y el decoro.

El 31 de agosto, la Asamblea Legislativa, contraviniendo la independencia de poderes, aprobó el decreto 144, que reforma la Ley de la Carrera Judicial para forzar a retiro a todos los jueces y magistrados mayores de 60 años o con 30 años o más de servicio. Utilizando una narrativa humillante para los letrados, el Gobierno justificó la decisión como una limpieza del sistema judicial. Evidentemente, este urge de cambios profundos, pero asegurar que todos los jueces mayores de 60 años son corruptos es tan injusto y descabellado como afirmar que todos los funcionarios jóvenes son honestos. La Corte Suprema de Justicia no solo bajó la cabeza ante el decreto legislativo, sino que también puso entre la espada y la pared a los afectados. En un comunicado, les planteó la disyuntiva de renunciar a sus cargos antes del 25 de septiembre para recibir una bonificación económica o ser despedidos. De acuerdo a diversos reportes, cuando se conoció la decisión de la Cámara de Familia ya 77 jueces habían renunciado y 80 habían solicitado estar en régimen de disponibilidad.

Desde la primacía de la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, la Cámara ha ordenado dejar en suspenso la aplicación de la reforma. Es decir, aplicó el principio de jerarquía normativa, que implica que una norma de rango inferior no puede contradecir ni vulnerar lo que establece una de rango superior. En El Salvador, la ley superior es la Constitución de la República, le siguen los convenios internacionales que el Estado salvadoreño ha suscrito (la Convención es uno de ellos) y después las leyes secundarias. Es decir, la Cámara de Familia de San Miguel ha actuado conforme a la ley. Su acción obliga al presidente, la Asamblea Legislativa y la Corte Suprema de Justicia a elegir entre cumplir con la legalidad o hacer que la ley diga lo que ellos quieren que diga, como fue el caso de la reelección presidencial. Nada indica que el poder de la ley triunfará sobre la ley del poder.

EDITORIAL UCA.

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