El Decreto Ejecutivo número 22 también establece la terminación de DUIS que podrán circular en el marco de la emergencia sanitaria del COVID 19
Según las nuevas disposiciones, los salvadoreños solo podrán circular dentro de su municipio de residencia, los días establecidos por el Gobierno, a través del Documento Único de Identidad (DUI) y será nada más para el abastecimiento de alimentos, medicamentos y transacciones bancarias.
Dichos establecimientos verificarán si la terminación coincide con las siguientes fechas determinadas por el Ejecutivo:
Los días Jueves 7, lunes 11, viernes 15 y domingo 17 de mayo circularán las personas con DUIS con terminación: 0, 1 y 2.
Viernes 8, martes 12, sábado 16 y martes 19 de mayo circularan las personas con terminación de DUI 3 y 4
Para los días sábado 9, miércoles 13, domingo 17 y jueves 21 de mayo podrán circular los DUI con terminación 5 y 6.
Domingo 10, jueves 14, lunes 18 y miércoles 20 de mayo los números con terminación 7, 8, 9
En el caso de aquellas personas que no cuenten con su documento podrán circular con la certificación de su DUI, extendida por el Registro Nacional de las Personas Naturales
Los salvadoreños podrán salir a hacer los referidos trámites en sus municipios.