Esta semana está de plácemes el régimen de miedo de una tiranía que se ha enquistado como un divieso infecto en el cuerpo de la sociedad salvadoreña: el 27 de marzo se cumple el primer aniversario de la fatídica suspensión de las garantías constitucionales y de terrorismo de Estado, que fue declarado legal por legisladores sumisos, avalado por magistrados serviles y aplaudido por policías y militares brutales, que desde hace un año pueden actuar a su antojo contra una ciudadanía que ya no encuentra dentro de las fronteras patrias ningún refugio ante las arbitrariedades gubernamentales.
Por: Miguel Blandino
En efecto, tras una muy sospechosa, y todavía nada clara, racha sangrienta que arrancó la vida a casi un centenar de inocentes transeúntes, 67 diputados lacayos dieron sus votos para aprobar una ley todopoderosa cuyo texto sustancial ocupa menos de cuatro líneas de las tres páginas en que está escrita.
Una de las páginas es para los considerandos, otra para las firmas y fechas, y la principal se llena con los cinco artículos de la ley, el 1º que señala el objeto, el 2º la declaración, el 3º la autoridad competente y el 5º la vigencia.
El 4º, que se llama “suspensión de las garantías constitucionales”, es el importante.
Dice a la letra: 4º.- Suspéndase a partir de la vigencia del presente decreto y por el plazo de treinta días, a nivel nacional, los derechos y garantías constitucionales regulados en los artículos 7, 12 inciso segundo, 13 inciso segundo y 24, en relación al artículo 131 ordinal 27, y artículo 29 todos de la Constitución de la República.
En esas escasas líneas se respalda legalmente el secuestro, tortura, prisión indefinida y muerte de decenas de miles de personas a las que no se les ha individualizado su participación, activa o pasiva, material o intelectual, en relación con la comisión de ningún delito específico.
De hecho, las detenciones arbitrarias, masivas, sin que medie algún indicio de que la persona detenida esté o haya estado relacionada con pandillas o cualquier otro grupo delictivo, son la mayor parte de las que se han realizado.
Las personas pertenecientes a pandillas, o que en el pasado pertenecieron a esos grupos criminales o a otros, y que han sido capturadas son, en una cantidad significativa, gente que aparecía en algún expediente, archivo o listado y que en algunos casos se encontraban en libertad porque no se les comprobó ningún delito, o porque ya habían cumplido una condena, o porque estaban cumpliendo su condena en un régimen sustitutivo al de prisión, o estaban en libertad condicional.
Muchas otras, por ser familiares de miembros de pandillas, por vivir en el mismo domicilio o, en los casos más absurdos, únicamente por vivir en una colonia, barrio, caserío o comunidad de gran actividad pandilleril. O, en el peor de todos los casos, por ser o parecer pobre, por su vestimenta y por sus facciones físicas de aborigen o mestizo.
Pero, vamos por partes. Los derechos y garantías a los que se les ha suspendido su vigencia “a nivel nacional” son los siguientes:
Quedó suspendido el Art. 7º constitucional entero: “Los habitantes de El Salvador tienen derecho a asociarse libremente y a reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier objeto lícito. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
“No podrá limitarse ni impedirse a una persona el ejercicio de cualquier actividad lícita, por el hecho de no pertenecer a una asociación.
“Se prohíbe la existencia de grupos armados de carácter político, religioso o gremial.”
El inciso del 2º Art. 12º, que dice “La persona detenida debe ser informada de manera inmediata y comprensible, de sus derechos y de las razones de su detención, no pudiendo ser obligada a declarar. Se garantiza al detenido la asistencia de defensor en las diligencias de los órganos auxiliares de la administración de justicia y en los procesos judiciales, en los términos que la ley establezca.”
El inciso del 2º Art. 13º, que dice “La detención administrativa no excederá de setenta y dos horas, dentro de las cuales deberá consignarse al detenido a la orden del juez competente, con las diligencias que hubiere practicado.”
Art. 24 en relación al Art. 131º ordinal 27º, que es como sigue: “Suspender y restablecer las garantías constitucionales de acuerdo con el Art. 29 de esta Constitución, en votación nominal y pública, con los dos tercios de votos, por lo menos, de los diputados electos”
Y, Art. 29, que pertenece a la Sección Segunda llamada literalmente “Régimen de Excepción” y que se lee: “En casos de guerra, invasión del territorio, rebelión, sedición, catástrofe, epidemia u otra calamidad general, o de graves perturbaciones del orden público, podrán suspenderse las garantías establecidas en los artículos 5, 6 inciso primero, 7 inciso primero y 24 de esta Constitución, excepto cuando se trate de reuniones o asociaciones con fines religiosos, culturales, económicos o deportivos. Tal suspensión podrá afectar la totalidad o parte del territorio de la República, y se hará por medio de decreto del Órgano Legislativo o del Órgano Ejecutivo, en su caso.
“También podrán suspenderse las garantías contenidas en los Arts. 12 inciso segundo y 13 inciso segundo de esta Constitución, cuando así lo acuerde el Órgano Legislativo, con el voto favorable de las tres cuartas partes de los Diputados electos; no excediendo la detención administrativa de quince días.”
Apenas a unos días de iniciado el confinamiento de la población encarcelada, el presidente advirtió que los iba a dejar sin comida. Más adelante amenazó con dejar que se pudrieran. Finalmente, que ahí los va a dejar por toda la vida.
Es un hecho notorio que las familias tienen que pagar mensualmente a bukele casi doscientos dólares para alimentar a cada uno de los presos. Una razón de peso para extender lo más posible el estado de terror y capturando a la mayor cantidad posible de personas. Existen familias en las que los soldados arrastraron a todos los hombres y dejaron únicamente a algunas mujeres y a las criaturas.
Es una realidad innegable, que han tratado de esconder, que la mayor parte de los que han fallecido al poco tiempo de caer en las garras de la soldadesca, tenían huesos rotos, desnucamiento, moretones, hemorragia interna, cianosis –coloración azul de la piel- por asfixia y otros signos de tortura y malos tratos. Sin embargo, la administración ha ordenado declarar en muchos casos el Covid19 como causa de muerte, en otros solo entierran los cuerpos sin dar aviso a las familias.
No puedo evitar las reminiscencias del incendio del Reichstag, la “noche de los cuchillos largos” y la “noche de los cristales rotos”, operaciones las tres, que le brindaron a Hitler la oportunidad de eliminar, con la primera, a todos los comunistas; con la segunda a todos los derechistas que no eran de su grupo; y, con la tercera, a todos los judíos, los romaníes o gitanos, testigos de Jehová, homosexuales y cuanta limpieza étnica o eugenésica se le ocurrió.
Es más, después de cientos de años en los que Alemania había vivido libre de todo tipo de ejecución extrajudicial, a partir de la entronización de Hitler la judicatura sumisa aprobó su reimplantación con el mayor embeleso y la más absoluta lambisconería, aplaudiendo encantada lo fusilamientos en masa en cualquier acera, a manos de los “jueces de la calle” de aquel tiempo. Comenzaba de esa manera el régimen de terror que todos sabemos cuánta ruina y vergüenza le acarreó al pueblo alemán que adoraba a su líder, ese cobarde que prefirió suicidarse antes que enfrentar a la justicia.
A los dos meses de iniciado el estado de terror, que de excepción solo tiene el nombre, ya se intuía que iba a durar hasta el último día del mandato de bukele. No importa si dura cinco años o cien. Porque, aunque la ley constitucional establece la posibilidad de una sola prolongación del estado de emergencia -y solo bajo la premisa de que el estado de calamidad o emergencia se ha prolongado-, el estado de “excepción” se ha renovado, puntualmente, todos los meses hasta cumplir doce, en esta primera ocasión.
A nadie sorprende la prolongación de la militarización de la sociedad y del espionaje policial contra toda la ciudadanía, si el propio bukele admite la gravedad de su situación ante las elecciones de 2024 y ante ello impulsa todas las trampas habidas y por haber para tratar de asegurar mediante el fraude la prolongación de su posición de poder. A la mala o a la más mala.
Es que saben perfectamente que el precio que tendrán que pagar, en caso de perder el poder, supera con mucho lo que se puede resarcir en una sola vida. La única salvación, entonces, consiste en aferrarse muy bien atornillado a la silla presidencial, por mucho que nuestra ley fundamental lo prohíba expresamente en siete de sus disposiciones.
El estado de terror, es una de las más importantes tácticas para alcanzar el propósito estratégico. Más allá de las misiones para las que lo elevaron quienes financiaron todo su despegue están los intereses vitales de simple y llana sobrevivencia personal. Es cosa de vida o muerte.
Pero, además, esto tiene que ser de esta forma porque para la familia gobernante y sus socios y cómplices es el negocio de sus vidas, el que no vislumbraron ni en sus sueños más optimistas: la posibilidad de hacer uso de todo el erario sin rendir cuentas a nadie.
La pandemia del COVID19 les dio una primera prueba de todo lo que se puede conseguir si se eliminan los controles y auditorías que estaban establecidos como parte de los procedimientos por las leyes de compras y adquisiciones de la administración pública.
La misma pandemia les sirvió de entrenamiento para la militarización de todas las esferas de la sociedad. El mismo presidente advirtió a la población que no le iba a temblar la mano a la hora de exonerar a cualquier policía o soldado que cometiera alguna violación de los derechos humanos si con ello lograban hacer que entrara en cintura la población “desobediente”. Y, claro, son de sobra conocidos los asesinatos, humillaciones y torturas que se cometieron por parte de los uniformados en contra de la población civil desarmada.
Y, para continuar con el rosario de abusos, la eliminación de toda obligación de cumplir con las leyes de transparencia y contra la corrupción. Ahora, cualquier funcionario, de todo el aparato gubernamental bukelista está autorizado para determinar, en el momento que se le antoje, qué cosas manda a la cueva del oscurantismo absoluto por la simple y sencilla razón de su libre arbitrio. Por supuesto que las primeras cosas que son enviadas al cajón de los secretos de estado son aquellas relacionadas con el manejo del dinero del pueblo.
El estado de miedo en que se encuentra sumergido el pueblo salvadoreño no será eterno, pero sus consecuencias serán de un precio que nadie es capaz de predecir su magnitud. Ojalá que cuando se conozca el monto de la factura todavía quede alguno para cobrársela.