La Sala de lo Constitucional dejó sin efecto esta semana la medida del Ejecutivo de restringir el ingreso al país a toda aquella persona que no presente una prueba negativa de COVID-19 de reacción en cadena de la polimerasa (PCR, por sus siglas en inglés), en el Aeropuerto Internacional “San Óscar Arnulfo Romero”.
Según la Sala dicha acción restringe el derecho constitucional de ingresar al territorio salvadoreño.
La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia advirtió a las instituciones del Órgano Ejecutivo que si no permiten el ingreso de salvadoreños o extranjeros residentes al país, por cualquier vía (terrestre, marítima o aérea), se certificará de manera inmediata a la Fiscalía General de la República por el posible cometimiento de delito.
El máximo Tribunal de Justicia recordó a las autoridades de Gobierno que las resoluciones judiciales son obligatorias y que su incumplimiento acarrea responsabilidades constitucionales y legales.
La resolución de la Sala ha sido emitida luego que el presidente Nayib Bukele dijera en su cuenta de Twitter que no acatará la resolución de la Sala y que la Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma (CEPA) notificara a las aerolíneas que los pasajeros debían presentar un certificado de la prueba negativa de COVID-19, 72 horas antes del viaje.
La apertura de los vuelos internacionales al país se habilitó este sábado 19 de septiembre.