La Sala de lo Constitucional ordenó en un plazo de 3 días hábiles, contados a partir de la notificación de la resolución, al ministro de Hacienda, al director general de Presupuesto y al director general de Tesorería que rindan cada uno un informe acreditando los motivos financieros, técnicos y objetivos por los cuales se retrasó la autorización de los fondos para el pago de retribuciones a la Asamblea Legislativa.
Dicho documento deberá contener como mínimo “el informe de recaudación y estado de cuenta diario de ingresos y egresos tributarios y no tributarios –ingresos corrientes, ingresos de capital, financiamiento e ingresos por contribuciones especiales– de la caja fiscal correspondiente a los meses de abril a septiembre de 2020; la programación de pago de remuneraciones del sector público de los 6 meses anteriores a la emisión de esta resolución de conformidad al Calendario de Pagos establecido”, entre otros datos.
Además en el plazo de 3 días hábiles, contados a partir de la notificación de esta resolución, el presidente del Banco Central de Reserva deberá rendir informe en el que detalle cuáles han sido las gestiones que el Ministerio de Hacienda –ya sea directamente el ministro o a través de los respectivos directores– ha realizado en el contexto de la autorización de fondos requeridos para que el Órgano Legislativo realice el pago de sus respectivas obligaciones–relacionadas al mes de septiembre de 2020.
El pasado 30 de septiembre miembros del Sindicato de Trabajadores de la Asamblea Legislativa (SITRAL) presentaron un recurso de amparo ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por la falta de pago de salario de septiembre.
Los sindicalistas expresaron en ese entonces, en su demanda, que el ministro de Hacienda, Alejandro Zelaya, y el presidente Nayib Bukele retrasaron el pago como una forma de presión por parte del Gobierno para que los parlamentarios les aprueben préstamos.
Al respecto, la Sala solicitó un informe dentro de 24 horas al presidente de la República y el ministro de Hacienda, debiendo expresar si son ciertos los hechos y omisiones que se les atribuyen en la demanda.
La Sala además advirtió a las partes que si no entregan el informe requerido se notificará a la Fiscalía General de la República.