La Declaración Dignitas infinita (DI) sobre la dignidad humana es producto de reflexiones, discusiones y reelaboraciones que tardó cinco años en prepararse.
Por: Jesús Arturo Navarro Ramos*
Detrás del texto existen cinco redacciones distintas con su discusión y consulta respectiva, un congreso y finalmente dos aprobaciones: la del Dicasterio para la Doctrina de la Fe (28 de febrero de 2024) y la del Papa el 25 de marzo de 2024. Este solo hecho le da un carácter formal que busca los equilibrios en un documento que se construye en colectivo. El eje del documento es situar el valor de la dignidad humana en el magisterio eclesial que se pone en diálogo con el pensamiento contemporáneo.
A la base del documento se encuentra una distinción filosófica que señala cuatro aspectos de la dignidad humana: la ontológica, la moral, la social y la existencial. Con ello, el documento evita quedarse en la reflexión aparentemente lejana de la dignidad ontológica, por la cual se expone el vínculo entre Dios como creador, la creatura y el ser humano. Se trata de un tema clásico de la antropología cristiana. Pero enseguida se presenta un desplazamiento del concepto para derivar del supuesto del carácter ontológico de la dignidad humana, las otras tres expresiones o terrenos en que dicha antropología reflexiona la dignidad humana: la referida al carácter moral, es decir al que remite al ejercicio de la libertad, el discernimiento y la toma de decisiones de la persona. La tercera expresión de la dignidad humana es la dignidad social que remite a las condiciones de existencia tanto de la persona como de la comunidad humana. La dignidad existencial se refiere a la percepción de la propia vida como afectada por circunstancias que impiden ver el valor ontológico específico.
Podríamos señalar entonces que el documento, sin salirse de la reflexión antropológica que parte de la existencia de una naturaleza humana a la que reconoce, realiza un desplazamiento hacia lo que otros estudiosos -alejados de la ontología y la metafísica- llaman la condición humana. Aquí radica -a mi juicio- la importancia teórica del documento: servir de puente entre dos percepciones de la antropología, la de la naturaleza humana (dignidad humana ontológica) y la de la condición humana (dignidad humana moral, social y existencial). Para profundizar en el carácter ontológico de la dignidad el documento recurre a las imágenes bíblicas, a la filosofía medieval y moderna citando a Kant y a Descartes, y al concilio Vaticano II donde destacan tres ideas: el valor de la creación del ser humano, la relación liberadora con Jesús y el ejercicio de la libertad. Estas tres cuestiones son las que permiten señalar el carácter infinito de la dignidad humana.
Después de estas distinciones, el documento da un giro para establecer un diálogo de este concepto básico de la antropología cristiana con el mundo contemporáneo. Así, al llegar al tercer apartado, se reconoce el valor de la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Se trata -no de un giño- sino de una lectura menos espiritualizante y metafísica de la religión al reconocer que en el ámbito civil existen referencias objetivas a la dignidad humana y la libertad, señalando que “los deberes que se derivan del reconocimiento de la dignidad del otro y los correspondientes derechos que de ello se derivan tienen, por tanto, un contenido concreto y objetivo, basado en la naturaleza humana común Sin esa referencia objetiva, el concepto de dignidad queda sometido de hecho a las más diversas arbitrariedades, así como a los intereses de poder¨ (DI 25).
Resulta sorpresivo que en esta argumentación recupera el concepto liberación -tan descalificado por Juan Pablo II y Ratzinger- para hablar de la liberación de la libertad humana respecto a los condicionamientos morales y sociales (DI 28-29) y la consideración de la libertad situada y no absoluta. Finalmente, Dignitas infinita se detiene en algunas violaciones graves a la dignidad humana. Se nombra a “homicidios de cualquier clase, genocidios, aborto, eutanasia y el mismo suicidio deliberado, las mutilaciones, las torturas morales o físicas, los conatos sistemáticos para dominar la mente ajena” (DI 31), “las condiciones infrahumanas de vida, las detenciones arbitrarias, las deportaciones, la esclavitud, la prostitución, la trata de blancas y de jóvenes; o las condiciones laborales degradantes, que reducen al operario al rango de mero instrumento de lucro” (DI 34), para centrarse en el drama de la pobreza (DI 36). De manera breve pero no cerrada, analiza algunas de estas cuestiones entre las que aparecen la teoría de género, la maternidad subrogada, el cambio de sexo y la violencia digital.
El texto se sitúa en la perspectiva de un diálogo abierto sin recurrir a los absolutos que llevarían a conclusiones cerradas, para abordar en el ámbito del terreno de una antropología reflexiva y de una ética de mínimos la reflexión sobre el infinito valor de lo humano. Esta última cuestión seguramente será debatida y rechazada por los grupos más conservadores de la Iglesia que mantienen una confrontación abierta con el Papa Francisco. Pues acostumbrados a dictar sermones morales desde una posición cerrada suponiendo la posesión de la verdad absoluta, no han aprendido a dialogar para construir conceptos con los diferentes que permitan una mejor interacción.
*ITESO – México